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Piero Cipollone
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Preservar la libertad de los ciudadanos de pagar con un medio de pago público: información sobre la fase preparatoria del euro digital

Intervención de Piero Cipollone, miembro del Comité Ejecutivo del BCE, ante la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo

Bruselas, 14 de febrero de 2024

Gracias por la oportunidad de hablar hoy ante la Comisión. Como resalté en mi audiencia de confirmación, me comprometo a proseguir activamente el diálogo con el Parlamento Europeo sobre un euro digital.

Este año se cumple el 25.º aniversario del euro y de nuestra unión monetaria, y debemos asegurarnos de que ambos se mantengan adaptados a las necesidades de la era digital. El paquete de propuestas relativas a la moneda única[1] nos ayudará a conseguir este objetivo: en primer lugar, garantizando el mantenimiento de la accesibilidad y la aceptación general del efectivo; y en segundo lugar, complementando el efectivo con una opción digital de pago con dinero de banco central.

Un euro digital sería un medio de pago europeo que podría utilizarse gratuitamente para cualquier pago digital en cualquier lugar de la zona del euro. Junto con el efectivo, un euro digital preservaría la libertad de los ciudadanos europeos de pagar con un medio de pago público.

No obstante, corremos el riesgo de dar por supuesta esta libertad. En mi puesto anterior recibí numerosas cartas de alcaldes —por ejemplo, de localidades situadas en regiones de montaña— que expresaban su preocupación por las distancias cada vez más grandes al cajero automático más cercano.

El efectivo y un euro digital comparten el mismo objetivo: garantizar que todos, independientemente de sus ingresos, puedan realizar pagos en cualquier situación de la vida cotidiana. Esto es un derecho fundamental que debe gozar de la misma protección en todas las partes de la zona del euro.

Este es el momento oportuno para debatir sobre un euro digital. Al tiempo que ustedes, como colegisladores, debaten actualmente la propuesta legislativa de la Comisión Europea, el Eurosistema inició el pasado mes de noviembre la fase preparatoria de un euro digital[2].

Sus deliberaciones legislativas enmarcan nuestro trabajo técnico y continuarán haciéndolo. El Eurosistema está preparado para proporcionar a los colegisladores europeos la información técnica que precisen. Les aseguro que el Consejo de Gobierno del BCE no tomará ninguna decisión sobre la emisión de un euro digital hasta que se haya adoptado el acto legislativo. Este es el marco en el que se establecerá el euro digital como moneda de curso legal. Por supuesto, rendiremos plena cuenta en todo momento y les mantendremos permanente y puntualmente informados sobre los avances del Eurosistema hacia un euro digital, no solo en esta fase, sino también una vez concluidas las deliberaciones legislativas.

Expondré a continuación cuatro aspectos fundamentales de nuestra fase preparatoria: i) la búsqueda de posibles proveedores para desarrollar la plataforma y la infraestructura de un euro digital; ii) la elaboración de las normas de funcionamiento del euro digital; iii) garantizar la estabilidad del sistema financiero; y iv) por último, pero no menos importante, ofrecer un mayor nivel de privacidad al realizar los pagos digitales.

Búsqueda de posibles proveedores para desarrollar la plataforma y la infraestructura de un euro digital

A principios de este año iniciamos el proceso de selección para encontrar posibles proveedores que podrían desarrollar la plataforma y la infraestructura de un euro digital[3].

Una cosa ha de quedar clara: en este momento no estamos poniendo en marcha ningún trabajo de desarrollo. Lo que queremos es establecer acuerdos marco que puedan utilizarse durante los próximos años para desarrollar los componentes necesarios si se adopta la decisión de poner en marcha el euro digital[4]. Tenemos que estar preparados para ello. Nuestra preparación se vería comprometida si empezáramos a buscar posibles proveedores cuando ya se haya adoptado esta decisión. En cualquier caso, la búsqueda de posibles proveedores no nos compromete: los contratos serán suficientemente flexibles para adaptarse a las deliberaciones legislativas y los avances tecnológicos. Y si tomásemos la decisión de no poner en marcha un euro digital, no firmaremos ningún contrato.

Un contacto más estrecho con los proveedores externos nos permitirá también conocer las opciones tecnológicas disponibles y las decisiones que habrá que adoptar. Esto reviste especial importancia respecto a los componentes que todavía no están en el mercado, como la funcionalidad de un euro digital sin conexión.

Para reforzar nuestra autonomía, la capacidad de resistencia y la seguridad, un euro digital se basaría en una infraestructura europea. Por tanto, solo podrán participar en el proceso de licitación[5] personas jurídicas que tengan su domicilio social en la UE y estén controladas por entidades como estas o nacionales de la UE[6].

En este momento hemos publicado convocatorias de solicitudes para establecer acuerdos marco con posibles proveedores de componentes del euro digital y servicios conexos.

Publicaremos el resultado del correspondiente proceso de licitación en nuestro sitio web.

Elaboración de las normas de funcionamiento del euro digital

Actualmente no existe un medio de pago digital europeo universalmente aceptado en el conjunto de la zona del euro. Esto obliga a los europeos —consumidores, comerciantes y bancos— a recurrir a soluciones internacionales de tarjetas cada vez más caras para sus actividades cotidianas de pago. Las comisiones aplicadas por las redes internacionales de tarjetas casi se duplicaron entre 2016 y 2021 en la UE[7]. Además, estas soluciones internacionales de tarjetas no pueden utilizarse en todas partes.

Un euro digital pondría remedio a esta situación, corrigiendo la larga dependencia de Europa y fomentando la competencia. Para ello, todos los ciudadanos de la zona del euro deberían poder realizar y recibir pagos en euros digitales independientemente de su intermediario o su país de origen, como actualmente ocurre con el efectivo.

Esta es la razón por la que necesitamos unas normas de funcionamiento del euro digital. Estamos trabajando en un proyecto de normas junto con representantes de los consumidores, los minoristas y los intermediarios[8]. Hemos publicado recientemente un informe sobre los avances realizados en este ámbito[9].

Las normas de funcionamiento definirán un conjunto único de reglas, normas y procedimientos para el euro digital que asegurará su aplicación armoniosa. Esto garantizará, por ejemplo, que alguien de Finlandia pueda pagar con euros digitales en Lisboa con la misma facilidad y del mismo modo que lo hace en Helsinki.

Así pues, un euro digital proporcionaría una infraestructura alternativa para todos los pagos cotidianos, que podría ser utilizada por los proveedores y sistemas de servicios de pago, como la Iniciativa de Pagos Europea, Bizum o Bancomat, para implantar soluciones de pago inmediato en toda la zona del euro. Esto reduciría nuestra dependencia de operadores no europeos, al tiempo que fomentaría la competencia entre los operadores europeos.

Por analogía, la infraestructura del euro digital podría considerarse como una línea de ferrocarril europea común, en la que diferentes empresas pueden explotar sus propios trenes y competir por los clientes sin necesidad de tender sus propias vías privadas, como ocurre en el sistema de pagos actual. Por otra parte, los proveedores privados de servicios de pago podrían ofrecer nuevos productos innovadores o ampliar su alcance más allá de los usos actuales y los mercados nacionales, lo que supondría una notable mejora respecto a la situación actual.

Garantizar la estabilidad del sistema financiero

La gente muestra una preferencia creciente por los pagos digitales[10]. Dado que el dinero de banco central solo está disponible actualmente en forma física (efectivo), si no ofrecemos un euro digital, corremos el riesgo de que el dinero de banco central quede excluido de los pagos.

Nuestro objetivo es preservar el papel y la cuota del dinero de banco central en los pagos, no desplazar al dinero privado. Como claramente se indica en la propuesta legislativa de la Comisión Europea, preservar el papel del dinero público no debe ir en detrimento de otros objetivos, como proteger la transmisión de la política monetaria y la estabilidad financiera. Y, en cualquier caso, estamos obligados a perseguir estos objetivos, que son el núcleo del mandato del BCE.

Por este motivo, hemos incluido salvaguardias en el diseño de un euro digital.

En primer lugar, al igual que en el caso de los billetes en euros, las tenencias de euros digitales no estarían remuneradas y, por tanto, no competirían con los depósitos de ahorro[11]. Y las entidades de crédito siempre podrían ofrecer una remuneración más elevada para retener los depósitos. Esto beneficiaría a los ahorradores y podría, en la práctica, aumentar la base de depósitos, respaldando el crédito bancario[12].

En segundo lugar, habrá límites a la cantidad de euros digitales que pueden tener los particulares. Por su parte, las empresas y las organizaciones del sector público podrían recibir y procesar pagos en euros digitales, pero no podrían tenerlos[13].

En tercer lugar, los usuarios podrían pagar con euros digitales en línea sin necesidad de cargar antes sus monederos, simplemente vinculando su cuenta en euros digitales a su cuenta bancaria de pago. Esto les permitiría realizar y recibir pagos en línea incluso cuando excedan de sus fondos en euros digitales o del límite de tenencia[14]. No obstante, si una persona quisiera utilizar la funcionalidad sin conexión a Internet, tendría que prefinanciar su monedero fuera de línea, del mismo modo que en la actualidad, la gente tiene que retirar billetes para utilizar efectivo.

Estas características muestran que el euro digital se está diseñando como medio de pago y no como forma de inversión. Y que preservará el papel de los intermediarios, contrariamente a las soluciones alternativas ofrecidas por las empresas tecnológicas, que no tendrán tales salvaguardias[15].

Acabamos de empezar a desarrollar el marco analítico y los modelos que se utilizarían para determinar el límite de tenencia. Este límite se fijará para preservar la estabilidad financiera, teniendo en cuenta el impacto en los diferentes modelos de negocio bancario y en la transmisión y aplicación de la política monetaria.

Este es un trabajo del conjunto del Eurosistema y colaboraremos con las entidades de crédito y con otros participantes en el mercado para establecer adecuadamente los supuestos precisos y definir la metodología analítica. Compartiremos nuestras conclusiones con ustedes y con el público en general. Puedo asegurarles que las consideraciones relativas a la estabilidad financiera son fundamentales en nuestro análisis, ya que sustentan nuestra capacidad de cumplir nuestro mandato de estabilidad de precios.

Ofrecer un mayor nivel de privacidad en los pagos digitales

Permítanme referirme ahora a una de las características más importantes del diseño de un euro digital: la privacidad. Acogemos con satisfacción el alto nivel de privacidad y protección de datos previsto en el reglamento propuesto. La decisión corresponde en última instancia a los colegisladores europeos.

Por nuestra parte, estamos decididos no solo a proteger, sino a mejorar la privacidad en los pagos.

En primer lugar, ya suministramos efectivo, el instrumento de pago que ofrece el mayor nivel de privacidad. Tenemos la determinación de seguir haciéndolo, como demuestran nuestros continuos esfuerzos para elaborar la tercera serie de billetes en euros[16]. Continuaremos haciendo cuanto esté en nuestra mano para garantizar que los ciudadanos puedan seguir teniendo la posibilidad de pagar con él. Los usuarios valoran esta opción y nos comprometemos a mantenerla a su disposición[17].

En segundo lugar, un euro digital podría utilizarse sin conexión a Internet. El pago fuera de línea en euros digitales sería similar al empleo de efectivo. Al igual que los pagos en efectivo, requeriría una proximidad física y ofrecería una privacidad similar: los datos personales de la operación solo serían conocidos por el ordenante y el beneficiario del pago.

En tercer lugar, un euro digital permitiría a los ciudadanos realizar pagos digitales con unos niveles de privacidad muy elevados, de hecho, más altos que los que las soluciones de pago comerciales ofrecen actualmente. El Eurosistema no podría identificarlas basándose en los pagos que realicen,[18] solo veríamos un conjunto mínimo de datos seudonimizados necesarios para desempeñar las funciones del Eurosistema, como la liquidación[19]. Y los usuarios del euro digital conservarían el control sobre el uso de sus datos por los proveedores de servicios de pago[20], que tendrían acceso a los datos de los clientes para impedir actividades ilícitas, como el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo,[21] así como para cumplir sus obligaciones contractuales frente a los clientes, al tiempo que tendrían que respetar todas las normas aplicables en materia de protección de la privacidad, como el Reglamento general de protección de datos. En su Dictamen sobre el euro digital, el BCE sugiere también que se considere la posibilidad de ofrecer una mayor privacidad para determinados pagos en euros digitales de bajo riesgo y escasa cuantía en la modalidad en línea[22].

En cuarto lugar, aplicaríamos las medidas más avanzadas de seguridad y privacidad para garantizar la protección de la privacidad.

También ofreceremos sólidas salvaguardias en materia de gobernanza. Las autoridades independientes de protección de datos supervisarán el cumplimiento de la normativa de protección de datos de la UE, que es la legislación más estricta del mundo en materia de privacidad y seguridad. Y el reglamento propuesto prevé la consulta previa a las autoridades de protección de datos[23].

Conclusión

Permítanme concluir.

El euro digital es un proyecto común europeo.

Ante todo, se trata de preservar la libertad de todos de utilizar un medio de pago público en cualquier lugar de la zona del euro, pese a la progresiva digitalización de los pagos. Y en un entorno mundial más frágil, resulta esencial para reforzar nuestra capacidad de resistencia y nuestra autonomía colectivas.

Por eso es tan importante fijar un ritmo ambicioso. Pero el dinero se basa en la confianza, de modo que el euro digital necesitará un amplio apoyo. Por ello, nos comprometemos a respaldar su trabajo como colegisladores y estamos dialogando con todas las partes interesadas.

Con este espíritu, continuaré a su disposición para colaborar con ustedes tanto durante la fase preparatoria como en las fases posteriores. Juntos podemos construir el futuro digital del euro.

Muchas gracias.

  1. En junio de 2023, la Comisión Europea presentó dos propuestas para garantizar que los ciudadanos y las empresas puedan seguir teniendo acceso a los billetes y monedas en euros y pagando con ellos en toda la zona del euro y para establecer un marco de una posible nueva forma digital del euro que el Banco Central Europeo podría emitir en el futuro como complemento del efectivo. Véanse la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al curso legal de los billetes y monedas en euros, Comisión Europea, COM(2023) 364 final, 28 de junio de 2023; y la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la instauración del euro digital, Comisión Europea, COM(2023) 369 final, 28 de junio de 2023.

  2. Para más información, véase la carta de Piero Cipollone a Irene Tinagli, presidenta de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo, titulada «Update on work of digital euro Rulebook Development Group and start of selection procedure for potential digital euro providers», de 3 de enero de 2024.

  3. Para más información, véanse BCE (2024), «Calls for applications for digital euro component providers», MIP News, 3 de enero; y la carta de Piero Cipollone a Irene Tinagli, op. cit.

  4. Los contratos marco resultantes podrían utilizarse para desarrollar los siguientes componentes del euro digital: i) la búsqueda de alias; ii) el intercambio seguro de datos de pago; iii) la gestión de fraudes y riesgos; iv) la funcionalidad fuera de línea; y v) una aplicación de euro digital y el correspondiente kit de desarrollo de software. Estos contratos marco incluirían únicamente una parte del ámbito del servicio de euro digital ofrecido, ya que otros elementos, como la liquidación, se proveerán en paralelo en el seno del Eurosistema.

  5. Los criterios de admisibilidad aplicables a los solicitantes son también de aplicación a los subcontratistas.

  6. Se entiende por «nacional de la UE» una persona jurídica con domicilio social en un Estado miembro de la UE o una persona física que tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la UE.

  7. Del 0,08 % al 0,15 % por operación. Véase Scheme Fee Study, CMSPI and Zephyre, 2020.

  8. El Eurosistema ha creado un Grupo de Trabajo sobre Normas de Funcionamiento del sistema del euro digital con el fin de obtener información del sector financiero, los consumidores y los comerciantes. El Grupo está integrado por 22 expertos de los sectores público y privado con experiencia en finanzas y pagos. Véase BCE (2023) «Members of the Rulebook Development Group», 15 de febrero. Este grupo de trabajo lleva diez meses preparando un borrador de normas de funcionamiento del euro digital y continuará su labor este año.

  9. Véanse BCE (2024), «Update on the work of the digital euro scheme’s Rulebook Development Group», 3 de enero; y la carta de Piero Cipollone a Irene Tinagli, op. cit.

  10. BCE (2022), Estudio sobre los hábitos de pago de los consumidores en la zona del euro (SPACE), diciembre.

  11. Véase BCE (2023), «A stocktake on the digital euro», 18 de octubre, en el que se presentan los resultados de la fase de investigación del proyecto del euro digital y que constituye la base del trabajo realizado durante la fase preparatoria. Véase también el «Dictamen del Banco Central Europeo de 31 de octubre de 2023 sobre el euro digital (CON/2023/34)».

  12. Véase Andolfatto, D. (2021) “Assessing the Impact of Central Bank Digital Currency on Private Banks, The Economic Journal, vol. 131, número 634, pp. 525-540 febrero de 2021,. Este trabajo llega a la conclusión de que la introducción de una moneda digital de banco central no tiene ningún efecto perjudicial para la actividad crediticia de los bancos y, en algunas circunstancias, puede incluso promoverla. La presión competitiva se traduce en tipos de depósito más elevados, lo que reduce los beneficios, pero amplía la financiación mediante depósitos a través de una mayor inclusión financiera y del deseado ahorro.

  13. Los pagos recibidos por las empresas y organizaciones del sector público se transferirían inmediatamente a su cuenta bancaria comercial. Cualquier pago que realicen se financiaría instantáneamente desde su cuenta bancaria comercial.

  14. La funcionalidad en cascada permitiría a los usuarios efectuar o recibir pagos en euros digitales por encima del límite de tenencia vinculando una cuenta en euros digitales a una cuenta en un banco comercial. Al recibir un pago, esto permitiría la conversión automática de la moneda digital de banco central minorista que exceda del límite de tenencia en un depósito bancario mantenido en una cuenta de banco comercial vinculada elegida por el usuario final. Del mismo modo, una cascada inversa aseguraría que los usuarios finales puedan efectuar un pago, aunque su importe supere su saldo disponible en euros digitales. La liquidez adicional saldría de la cuenta de banco comercial vinculada y la operación se efectuaría en euros digitales por su valor total.

  15. El supuesto de la inexistencia de un euro digital no sería una situación favorable. En ese escenario, la aparición de operadores privados potencialmente dominantes en el mercado de los pagos digitales podría tener un fuerte impacto en el sector financiero. Se trata de una posibilidad real, como demuestra la reciente decisión de PayPal de lanzar su propia stablecoin denominada en dólares estadounidenses para pagos digitales. Los proveedores privados de servicios de pago, como PayPal, no tienen ningún incentivo para limitar la utilización de sus stablecoins ni la gama de servicios que prestan. Todo lo contrario: su objetivo es ampliar su base de clientes y ganar cuota de mercado. Véase Panetta, F. (2023), «Shaping Europe’s digital future: the path towards a digital euro, intervención ante la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo, Bruselas, 4 de septiembre.

  16. Véase BCE (2023), «El BCE selecciona “ La cultura Europea” y “Ríos y aves” como posibles temas para los futuros billetes en euros », Nota de prensa, 30 de noviembre.

  17. Aunque el uso y la preferencia por los pagos en efectivo siguen una tendencia a la baja, la importancia del efectivo sigue siendo elevada. En conjunto, el 60 % de la población de la zona del euro consideró muy importante o bastante importante tener la opción de pagar con efectivo. Véase BCE (2022), «Estudio sobre los hábitos de pago de los consumidores en la zona del euro (SPACE, por sus siglas en inglés)», diciembre. La estrategia de efectivo del Eurosistema tiene como objetivo asegurar que el efectivo siga estando fácilmente disponible y continúe siendo ampliamente aceptado como medio de pago y depósito de valor.

  18. El BCE está considerando con expertos tecnológicos las medidas de seguridad y privacidad más avanzadas que podrían ser adecuadas para un producto de pago minorista masivo como el euro digital. La seudonimización, la clara segregación de datos, el hashing y otras técnicas criptográficas asegurarían que el Eurosistema no pudiera identificar a quienes realizan o reciben pagos en euros digitales. Los datos de pago de los usuarios finales se seudonimizarían de modo que no pudieran identificarse directamente y el Eurosistema no pudiera vincular ninguno de los datos que trate a un usuario final identificado. Véase también ECB (2023), op. cit. (nota 7 a pie de página).

  19. El diseño del euro digital en línea proporcionaría más privacidad que las soluciones actuales de pago digital en cuanto a los datos visibles para el proveedor de la infraestructura central para la tramitación de los pagos. En su función de proveedor de la infraestructura del euro digital, el Eurosistema no podría identificar a los particulares que realicen operaciones en euros digitales. Solo los PSP conocerían la correspondencia entre la identidad real del usuario final y los datos de pago tratados por el proveedor de la infraestructura central. Esto no tiene precedentes en el ámbito de los pagos electrónicos minoristas y ofrecería una mayor protección de los datos personales que las soluciones de pago actuales, que concentran una gran cantidad de datos de pagos en manos de proveedores de servicios de infraestructuras y sistemas, lo que les permite conectarlos a los usuarios finales.

  20. Esto incluiría una opción de inclusión en lugar de una de exclusión para permitir a los proveedores de servicios de pago procesar los datos personales de un usuario con fines comerciales o para prestar servicios adicionales. El esquema del euro digital garantizaría que los usuarios pudieran tomar una decisión con conocimiento de causa y no se vieran obligados a ceder sus datos personales (más allá de lo necesario para cumplir los requisitos legales) para hacer pleno uso de los servicios básicos del euro digital. Véase BCE (2023), “A stocktake on the digital euro – Summary report on the investigation and outlook on the next phase”, 18 de octubre.

  21. Véanse Panetta, F. (2022), «Un euro digital que responda a las necesidades del público: encontrar el equilibrio adecuado», intervención ante la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo, Bruselas, 30 de marzo; y BCE (2022), «Digital euro – Privacy options», presentación al Eurogrupo, 4 de abril.

  22. Véase el «Dictamen del Banco Central Europeo de 31 de octubre de 2023 sobre el euro digital (CON/2023/34)».

  23. Véase el artículo 5, apartado 2, sobre la legislación aplicable, y el artículo 32, apartado 2, sobre el mecanismo general de detección y prevención del fraude, de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la instauración del euro digital, Comisión Europea, COM(2023) 369 final, 28 de junio de 2023.

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